Definición
La autoridad de un tribunal para conocer de cualquier reclamación contra un demandado, con independencia de que las pretensiones deriven de los contactos del demandado con el foro, normalmente porque el demandado está domiciliado o esencialmente «en casa» en ese foro.
Principio
Principio
La competencia general existe cuando las vinculaciones del demandado con el foro son tan continuas y sistemáticas, o cuando el demandado está domiciliado, que el foro puede conocer de cualquier causa de acción contra él; se distingue de la competencia específica, que exige una conexión entre los contactos en el foro y la pretensión.
Demostración
Demostración
Una sociedad constituida o con su sede principal en un Estado está, por lo general, sujeta a los tribunales de ese Estado para todas las reclamaciones (competencia general); una persona física domiciliada en el Estado también está sujeta a la competencia general para cualquier acción civil.
Aplicación incorrecta
Aplicación incorrecta
Afirmar competencia general sobre un demandado de otro estado basándose en una única transacción significativa o ventas esporádicas, en lugar de en los contactos sostenidos y generalizados o el domicilio que exige la competencia general.
Consecuencia
Consecuencia
Cuando existe competencia general, el tribunal del foro puede dictar resoluciones sobre cualquier reclamación contra el demandado, y esas resoluciones son vinculantes y ejecutables frente al demandado; no es necesario demostrar una conexión específica por cada pretensión para efectos jurisdiccionales.
Inversión
Inversión
La inversa es la competencia específica, donde un tribunal solo puede conocer disputas que surjan de o estén relacionadas con los contactos del demandado con el foro; invertir la competencia general limitaría indebidamente la autoridad del foro pese al domicilio o los lazos extensos del demandado.
Límite
Límite
Se aplica al poder de los tribunales sobre demandados que están efectivamente «en casa» en el foro; no se extiende a demandados que solo mantienen contactos esporádicos o aislados, ni sustituye la competencia material o los requisitos de sede.
Tensión semántica
Tensión semántica
Existen debates sobre qué significa estar «en casa» (domicilio, lugar de constitución, sede principal) para las entidades y si la actividad comercial digital moderna o intermitente debe ampliar la competencia general más allá de las normas tradicionales basadas en el domicilio.
Síntesis
Síntesis
La Competencia General es la forma amplia de autoridad judicial que permite a un foro conocer de cualquier pretensión contra un demandado cuando este está efectivamente «en casa» en ese foro por su domicilio o sus contactos continuos y sistemáticos, eliminando la necesidad de un nexo por cada reclamo.