Definición
Persona o entidad en cuyo beneficio se celebra expresamente un contrato y a la que las partes contratantes desean conferir derechos exigibles en virtud de ese contrato.

Principio

Principio
Cuando las partes manifiestan la intención de otorgar a un tercero un derecho contractual, ese tercero se convierte en beneficiario designado con derechos exigibles frente al menos a una de las partes contratantes.

Demostración

Demostración
Una póliza de seguro de vida designa a una persona para recibir la indemnización al fallecimiento; la persona designada es el beneficiario designado y puede reclamar el pago directamente al asegurador.

Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta
Tratar cualquier beneficio incidental de un tercero como si creara un beneficiario designado conduce a otorgar derechos exigibles donde las partes no los pretendieron.

Consecuencia

Consecuencia
Correctamente identificado, el beneficiario designado puede demandar para hacer cumplir el contrato o reclamar el cumplimiento prometido, cambiando los recursos legales entre las partes originales y los terceros.

Inversión

Inversión
Si las partes muestran que no pretendían beneficiar a un tercero, ese tercero no es beneficiario designado y carece de derechos de ejecución independientes, volviendo al papel de observador.

Límite

Límite
No incluye a terceros que reciben solo beneficios incidentales o indirectos; no crea automáticamente derechos frente a no contratantes ni altera obligaciones legales salvo que se indique expresamente.

Tensión semántica

Tensión semántica
Puede confundirse con la cesión y la fiducia: los derechos del beneficiario designado proceden del contrato original y no de una cesión de crédito o de una relación fiduciaria, lo que genera disputas sobre el origen y la transmisibilidad de los derechos.

Síntesis

Síntesis
El beneficiario designado es un tercero expresamente señalado por una promesa contractual que, debido a la intención de las partes, adquiere derechos exigibles directamente del contrato.