Definición
La designación jurídica de qué progenitor o cuidador tiene al niño viviendo con él y es responsable del cuidado físico diario, la supervisión y los arreglos de residencia.

Principio

Principio
Asignar la responsabilidad del cuidado diario y la residencia física separada de la autoridad para tomar decisiones; el lugar de residencia habitual del niño determina quién realiza las funciones de cuidado rutinario.

Demostración

Demostración
Un tribunal concede custodia física compartida para que el niño pase los días laborales con un progenitor y los fines de semana con el otro; cada progenitor proporciona comidas, rutinas de sueño y transporte durante su tiempo de residencia.

Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta
Confundir la custodia física con la autoridad completa sobre decisiones importantes (educación, tratamiento médico) o asumir que determina automáticamente las obligaciones económicas.

Consecuencia

Consecuencia
Aclara quién proporciona el cuidado diario, establece los horarios de crianza y quién supervisa la rutina del niño; permite la ejecución de las disposiciones de visita y residencia.

Inversión

Inversión
Inversión hacia la custodia legal: un progenitor puede conservar el poder decisorio mientras el niño vive principalmente con el otro, separando residencia y autoridad de decisión.

Límite

Límite
Cubre residencia, supervisión diaria y cuidado rutinario; no determina por sí sola la autoridad para decisiones legales, la obligación de manutención ni la tutela en asuntos no custodiales.

Tensión semántica

Tensión semántica
A menudo se contrasta con la custodia legal o la tutela: la custodia física responde «dónde vive el niño» mientras conceptos cercanos responden «quién decide» o «quién representa legalmente al niño».

Síntesis

Síntesis
La custodia física es la asignación del lugar de residencia habitual del niño y las responsabilidades de cuidado diario, un foco práctico de atención distinto de la toma de decisiones legales y las obligaciones económicas.