Definición
Una suma entregada y retenida por el arrendador al inicio o durante el arrendamiento como garantía frente a incumplimientos del inquilino — como rentas impagadas, daños que excedan el desgaste normal u otras infracciones — sujeta a límites legales, usos permitidos y reglas procedimentales para su retención y devolución.

Principio

Principio
El depósito de garantía asegura el cumplimiento de las obligaciones del inquilino al ofrecer al arrendador un fondo limitado para resarcir pérdidas por incumplimiento; la facultad de cobrar, retener y aplicar depósitos está regulada por ley y contrato para equilibrar la protección del inquilino y el riesgo del arrendador.

Demostración

Demostración
Un inquilino entrega un depósito equivalente a un mes de renta. Al finalizar el contrato, el arrendador documenta daños superiores al desgaste normal, entrega una lista detallada de descuentos dentro del plazo legal y devuelve el resto; surge la disputa sobre qué constituye 'desgaste normal'.

Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta
El arrendador mezcla los depósitos con sus fondos operativos y no facilita un estado detallado, reteniendo el depósito sin justificación; estas prácticas pueden conllevar sanciones administrativas, devolución forzosa y daños por retención de mala fe.

Consecuencia

Consecuencia
El manejo correcto permite al arrendador recuperar pérdidas legítimas mientras el inquilino obtiene transparencia y devolución oportuna; el uso indebido expone al arrendador a multas, intereses legales y obligación de reintegrar con penalidades.

Inversión

Inversión
Invertido, permitiría al arrendador utilizar libremente los fondos del inquilino sin contabilidad ni límites temporales; esto erosionaría las protecciones del inquilino y está restringido en la mayoría de regímenes normativos.

Límite

Límite
Se aplica principalmente a arrendamientos residenciales y está limitado por topes legales, deducciones permitidas (rentas impagadas, reparaciones que excedan el desgaste normal, limpieza), plazos de notificación y devolución y, en ocasiones, obligación de intereses o depósito en garantía; los depósitos comerciales siguen otras reglas.

Tensión semántica

Tensión semántica
Existe tensión entre esquemas que consideran el depósito como patrimonio del arrendador sujeto a deducciones y regímenes protectores que lo tratan como propiedad del inquilino en fideicomiso o depósito con estricta obligación de devolución; la clasificación doctrinal altera remedios y sanciones.

Síntesis

Síntesis
El depósito de garantía es una salvaguarda financiera regulada cobrada al inquilino para cubrir ciertas pérdidas derivadas del contrato; su legitimidad depende de límites legales y salvaguardas procedimentales que protegen al inquilino y permiten al arrendador recuperar los daños o deudas justificadas.