Definición
Un requisito procesal que determina si un demandante concreto tiene un interés personal suficiente para entablar una demanda ante un tribunal; regula quién puede invocar el proceso judicial para solicitar reparación.

Principio

Principio
La legitimación activa exige un perjuicio individualizado y concreto (real o inminente), causalidad entre la conducta del demandado y dicho perjuicio, y la posibilidad de reparación mediante una decisión judicial que remedie el daño.

Demostración

Demostración
Un propietario cuya plusvalía se verá reducida por un cambio de ordenanza municipal tiene legitimación activa para impugnar la norma, porque alega un perjuicio económico concreto atribuible a la decisión y cuya anulación lo repararía.

Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta
Permitir agravios generalizados u objeciones ideológicas sin daño personal (legitimación de terceros o de interés público sin base legal) hace que los tribunales resuelvan debates políticos abstractos en lugar de conflictos concretos.

Consecuencia

Consecuencia
La legitimación activa canaliza los recursos judiciales hacia conflictos reales entre partes con interés legítimo; si falta, el tribunal archiva o desestima el caso sin entrar en el fondo.

Inversión

Inversión
El reverso sería un acceso amplio que permita a cualquiera litigar sobre cualquier asunto público; esa inversión conlleva riesgo de extralimitación judicial y vulnera la separación de poderes.

Límite

Límite
Se ocupa de la justiciabilidad procesal, no del fondo; las normas de competencia, las previsiones legales y las excepciones por interés público varían según el ordenamiento y fijan umbrales distintos.

Tensión semántica

Tensión semántica
A menudo se confunde con la competencia o con el daño de fondo: la legitimación es un criterio procesal y umbral, la competencia trata de la autoridad del tribunal y el fondo de la procedencia de la pretensión.

Síntesis

Síntesis
La legitimación activa es la regla de puerta que garantiza que los tribunales atiendan controversias reales planteadas por partes con un perjuicio concreto, causalmente vinculado y susceptible de reparación judicial.