 ##  [Beneficiario Accidental](/es/node/40943) 

 Definición

Tercera persona que obtiene un beneficio secundario o no intencional de un contrato entre otras partes, pero que no es objeto de la intención de las partes de conferir derechos contractuales exigibles.

 

 

 

 

 

 





## Principio

Principio

Cuando un contrato otorga a un tercero una ventaja derivada sin la intención expresa de crear derechos exigibles, ese tercero es un beneficiario accidental sin legitimación para exigir el cumplimiento del contrato.

 

 

 

 

 





## Demostración

Demostración

Un municipio encarga a un promotor la construcción de un parque; los vecinos se benefician del parque pero son beneficiarios accidentales y no pueden exigir las obligaciones contractuales del promotor frente al municipio.

 

 

 

 

## Aplicación incorrecta

Aplicación incorrecta

Tratar a los beneficiarios accidentales como titulares de derechos exigibles amplía indebidamente la responsabilidad contractual y puede crear obligaciones contradictorias para terceros no consentidos.

 

 

 

 

 





## Consecuencia

Consecuencia

Los beneficiarios accidentales no tienen remedios directos bajo el contrato; su protección, si existe, proviene de la ley, de responsabilidad extracontractual o de acuerdos separados, no del contrato original.

 

 

 

 

## Inversión

Inversión

Si se demuestra que las partes pretendían beneficiar a un tercero, ese tercero deja de ser accidental y se convierte en beneficiario designado con derechos exigibles.

 

 

 

 

 





## Límite

Límite

Excluye a terceros expresamente nombrados o que se demuestre que debían beneficiarse; excluye derechos de terceros creados por ley independientemente del contrato.

 

 

 

 

 





## Tensión semántica

Tensión semántica

Existe tensión con doctrinas de protección al consumidor y de interés público que a veces otorgan legitimación a terceros aparentemente accidentales, difuminando la frontera con el beneficiario designado.

 

 

 

 

 





## Síntesis

Síntesis

El beneficiario accidental es un tercero no intencional que recibe un beneficio lateral de un contrato y, por carecer de la intención de las partes, no tiene derecho a exigir su cumplimiento.